A un mes de los comicios, el cumplimiento de la paridad en listas de candidaturas llega, en ciertos casos, sólo al 39%

A un mes de los comicios, el cumplimiento de la paridad en listas de candidaturas llega, en ciertos casos, sólo al 39%

2020-09-24


Cuando falta alrededor de un mes para la celebración de las Elecciones Nacionales 2020, ninguna de las ocho organizaciones políticas en carrera electoral cumplió todavía a cabalidad la paridad y alternancia en sus listas de candidaturas, tal como manda la normativa nacional en esta materia. Organizaciones de mujeres agrupadas en torno a la Coordinadora de la Mujer alertan al Tribunal Supremo Electoral para que esta instancia redoble su vigilancia en ese sentido, pues hay partidos políticos que apenas llegaron a un 39% de cumplimento.

“Estamos viendo que la participación política de las mujeres se convierte en una oferta demagógica y no en un verdadero compromiso programático. Esperamos que no se repita lo que ocurrió en 2019 (comicios anulados), cuando ocho de las nueve organizaciones políticas contendientes llegaron a las urnas sin cumplir la paridad”, afirmó Mónica Novillo, directora ejecutiva de la Coordinadora de la Mujer.

De acuerdo con un análisis realizado por el Observatorio de Género de la Coordinadora de la Mujer, en el marco de la campaña #Protagonistas: Paridad-Poder-Juventudes, con base en las listas de candidaturas publicadas por el TSE el 13 de septiembre, ninguno de los partidos ni alianzas políticas cumple todos los criterios de  paridad y alternancia (59 en total). La fuerza que más se acerca a esta obligatoriedad es Comunidad Ciudadana, con 98,31% de cumplimiento; el resto alcanza niveles de cumplimiento menores a 90%, con excepción de Juntos, que llega al 93,22%.

En tanto, el MAS-IPSP y Creemos logran 89,83% y 81,36% de cumplimiento, respectivamente; PAN-BOL llega al 76,92%; Libre 21 al 67,44% y ADN, con 66,67%, están entre los peores posicionados. Sin embargo, FPV es el caso más alarmante, ya que su cumplimiento de 39,22% apenas sobrepasa un tercio de los indicadores (ver tabla 1).

Por tipo de cargo, los mayores problemas se presentan en diputaciones plurinominales y diputaciones uninominales, ya que, en ambos casos, solamente una organización política llega al 100% de cumplimiento; mientras, el tipo de cargo con menos problemas es el de representaciones supraestatales, donde cinco de siete fuerzas políticas cumplen los indicadores al 100%. Los demás niveles de cumplimiento varían según cada partido o alianza y cada tipo de cargo con niveles que van desde el 0%, indicando que no se cumplió ningún indicador de ese tipo de cargo (ver tabla 2).

Cabe recordar que la Ley N° 026 del Régimen Electoral, en su artículo 11, señala que “Las listas de candidatas y candidatos a Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, Asambleístas Departamentales y Regionales, Concejalas y Concejales Municipales, y otras autoridades electivas, titulares y suplentes, respetarán la paridad y alternancia de género entre mujeres y hombres, de tal manera que exista una candidata titular mujer y, a continuación, un candidato titular hombre; un candidato suplente hombre y, a continuación, una candidata suplente mujer, de manera sucesiva”.

En el marco de la citada ley, el Reglamento para la Inscripción y Registro de Candidaturas de las Elecciones Generales 2020 explica con detalle cómo debe realizarse la confección de listas de candidaturas para cada cargo, respetando siempre la equidad entre hombres y mujeres. De igual manera, dicho Reglamento establece la obligatoriedad del cumplimiento de la paridad y alternancia en todas las etapas del proceso de inscripción y registro de candidaturas, incluyendo las fases de sustituciones.

El 26 de agosto, el TSE y la Coordinadora de la Mujer sostuvieron un encuentro virtual con delegados de diferentes organizaciones políticas, a fin de mostrarles el estado de situación del cumplimiento de la paridad y alternancia en las listas de candidaturas. En la oportunidad, el ente electoral reiteró que aquellas listas que no cumplan con dicho principio serán rechazadas en su totalidad tal como manda la norma (Art. 107 de la Ley N° 26 del Régimen Electoral).

El artículo 23, numeral 6, de la Ley N° 018 del Órgano Electoral establece como una de las obligaciones del TSE “Verificar el estricto cumplimiento de los criterios de paridad y de alternancia entre mujeres y varones en todas las fases de presentación, por parte de las organizaciones políticas de alcance nacional, de las listas de candidatas y candidatos”.

La campaña #Protagonistas: Paridad-Poder-Juventudes es una iniciativa de la Coordinadora de la Mujer e IDEA Internacional, con el apoyo de la Embajada de Suecia, que tiene el  objetivo de vigilar el cumplimiento de los derechos políticos de las mujeres y promover la inclusión de las juventudes en el actual proceso electoral. (15/09/2020)

 

 

 

 

 

 




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