7 de cada 10 asambleístas nacionales fueron víctimas de algún tipo de acoso y violencia política, según estudio


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La Paz, 17 de diciembre de 2019 (CM/II).- De acuerdo con el estudio La desigualdad de género en un contexto de paridad: Discriminación, acoso y violencia política en la Asamblea Legislativa Plurinacional, 7 de cada 10 diputadas y senadoras de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) fueron víctimas de algún tipo de acoso y violencia política durante el desempeño de sus funciones.

En el marco de este estudio, realizado por la Coordinadora de la Mujer, IDEA Internacional y la Universidad Mayor de San Andrés, se consultó a 166 asambleístas sí alguna vez fueron víctimas de acoso y violencia política (AVP): el 85% dijo que no y el 15%, sí. Sin embargo, con la agregación de 21 variables de AVP que consideran sus diferentes manifestaciones, se estima que el 75% de las asambleístas ha sido víctima de algún tipo de acoso y violencia política.

Esta contradicción de negar el AVP y, a su vez, afirmar que sufrió alguna de sus manifestaciones se debe –apunta el estudio– a las dificultades de visibilizar e identificar estas prácticas. También influyó, de manera decisiva, el temor de que cualquier declaración sobre hechos con sentido negativo pudiera afectar los intereses partidarios.

“La mayor frecuencia –explica– se registra en el tipo de “agresión de terceros por su condición de asambleístas” (35,2%), y que generalmente se da fuera de la ALP. Otros tipos relevantes de violencia son: insultos o gritos proferidos por parlamentarios (25,5%); presión, miedo, intimidación por oponerse a avalar decisiones contrarias a sus principios (20,5%); expresiones de burla respecto a su trabajo (19,1%)”.

Según la disposición transitoria quinta de la Ley N° 243 contra el Acoso y las Violencia Política hacia las Mujeres, las instancias públicas debían adecuar sus normas internas, incluyendo los delitos de acoso y violencia política. Sin embargo, ninguna entidad lo hizo, a excepción del Concejo Municipal de La Paz. Por esta razón no existen mecanismos para canalizar ciertas situaciones de acoso y violencia política, de manera que sean investigadas y luego pasen al Ministerio Público.

De acuerdo con datos del Observatorio de Paridad Democrática del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), en 2019, hasta octubre, se registraron 21 denuncias de acoso y violencia política y 12 renuncias de mujeres autoridades electas por la misma razón.

Cabe mencionar que el Tribunal Supremo Electoral dispone del Reglamento para el trámite de recepción de denuncias y renuncias por acoso y violencia política de mujeres candidatas, electas o en función político-pública, el cual apunta a preservar los derechos políticos de las mujeres. Durante la recepción de una renuncia, si se advierten indicios de acoso y violencia política detrás de la misma, no se da curso a la habilitación del suplente hasta que no se esclarezcan los hechos.

La Ley N° 243 fue aprobada el 28 de mayo de 2012, con el fin de establecer mecanismos de prevención, atención y sanción contra actos de acoso o violencia política contra las mujeres.

Asimismo, la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, promulgada en 2018, establece las bases para la inclusión de sanciones y medidas de restitución de derechos en casos de acoso y violencia política contra las mujeres.



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