Destacan cumplimiento de la norma para excluir a postulantes a vocales con antecedentes de violencia


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La Paz, 11 de diciembre de 2019 (CM/II).- Del total de 136 profesionales inhabilitados para acceder a una de las seis vocalías pendientes del Tribunal Supremo Electoral (TSE), 25 quedaron fuera de competencia por no presentar documentación que respalde ausencia de antecedentes sobre violencia. Para la Coordinadora de la Mujer, es fundamental aplicar la normativa existente en esta materia, a fin de garantizar la idoneidad de las nuevas autoridades electorales, particularmente en lo concerniente al respeto de los derechos humanos.

De acuerdo con datos de la Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), donde se desarrolla el proceso de selección de los seis nuevos miembros del TSE –el séptimo ya fue posesionado por la Presidenta–, 502 profesionales presentaron su postulación, de los cuales 136 resultaron inhabilitados por incumplir alguno de los 16 requisitos planteados en la convocatoria.

Siguiendo la misma fuente, del total de inhabilitados, 16 no presentaron certificado de antecedentes penales del REJAP y nueve no presentaron un informe del Ministerio Público que acredite “no tener en su contra proceso penal por violencia contra la mujer, violencia contra niñas, niños o adolescentes, trata y tráfico de personas, violación ni delitos vinculados con corrupción, narcotráfico o delitos contra la unidad del Estado, con imputación formal que comprometan la ética y la probidad de la o del postulante”.

De las 25 personas, tres son mujeres (12%) y 22 son hombres (88%). Los mencionados requisitos están contemplados en el artículo 7, numeral I, causales 4 y 5, respectivamente, del reglamento de la Ley Nro. 1266 de Régimen Excepcional y Transitorio para la realización de Elecciones Generales.

Mónica Novillo, directora ejecutiva de la Coordinadora de la Mujer, resalta que durante este proceso de selección se esté aplicando a cabalidad la normativa vigente, “cerrando posibilidades de que personas que tengan antecedentes de violencia contra las mujeres puedan acceder a algún cargo público, una condición que el movimiento de mujeres de Bolivia demandó por mucho tiempo”.

Por otro lado, la citada ley ratifica las disposiciones contenidas en la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional respecto a la presencia de mujeres en la conformación del TSE y de los Tribunales Electorales Departamentales (TED). En el primer caso, al menos tres de los siete vocales deberán ser mujeres y, en el segundo, al menos dos de las cinco autoridades departamentales.

“Nos llama mucho la atención la importante respuesta que tuvo esta convocatoria, considerando que el ente electoral ha estado en el ojo de la tormenta en los últimos meses. En todo caso, resaltamos la participación de las mujeres, que del total de postulantes habilitados representa un poco menos de la mitad (43%)”, afirma Novillo.

Donde hubo escasa participación de las mujeres fue en las postulaciones por pueblos indígena originario campesinos (PIOC). Del total de postulaciones habilitadas (366), 71 son de los PIOC.  De ese total solo 18 (25%) son mujeres y 53 (75%) hombres. De acuerdo con la norma electoral, de los siete vocales, al menos dos deben tener origen indígena.



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