Elecciones 2019: 8 de 9 organizaciones políticas participan sin cumplir la paridad


img 32

La Paz, 20 de octubre de 2019 (CM/II).- En las Elecciones Generales celebradas hoy, ocho de las nueve organizaciones políticas participan de la contienda electoral sin cumplir a cabalidad todos los criterios de paridad y alternancia en sus listas finales de candidaturas; solo una los cumple, mientras que las ocho restantes presentan diferentes grados de incumplimiento. Para la Coordinadora de la Mujer, las medidas asumidas por el Tribunal Supremo Electoral Órgano (TSE) para garantizar la participación política de las mujeres en igualdad de condiciones que los hombres fueron insuficientes.

El TSE publicó ayer —un día antes de los comicios—las listas finales de candidaturas, según las cuales 956 hombres (49,90%) y 960 mujeres (50,10%) se encuentran en competencia electoral, para ocupar 177 cargos del Órgano Ejecutivo y el Órgano Legislativo de Bolivia. De acuerdo con el análisis realizado por la campaña #Protagonistas: Paridad-Poder-Juventudes, solo el MAS-IPSP cumplió todos los criterios de paridad y alternancia, mientras que las demás organizaciones políticas incumplieron al menos uno de los criterios establecidos por norma, como se puede observar en el Gráfico 1.

Para Mónica Novillo, directora ejecutiva de la Coordinadora de la Mujer, red de 21 organizaciones de mujeres de todo el país, las medidas asumidas por el Órgano Electoral para garantizar la paridad y alternancia en el presente proceso electoral fueron débiles e insuficientes. “Esta situación da cuenta de que, primero, el TSE no supo ni pudo identificar el incumplimiento de la paridad a tiempo para que las organizaciones políticas puedan sustituir oportunamente las renuncias e inhabilitaciones que se hubieran producido en sus filas; segundo, varias organizaciones políticas no cumplieron con sus listas paritarias por desconocimiento o por falta de compromiso”.

En el caso de senadurías, CC, BDN-21F y MAS-IPSP cumplen con la paridad al nivel de todos los indicadores para este tipo de cargo. En diputaciones plurinominales, en el primer criterio (paridad y alternancia por departamento entre candidaturas titulares y suplentes), solamente dos cumplen plenamente, BDN-21F y MAS-IPSP. Es aquí donde CC tiene una ausencia en el departamento de La Paz.

En cuanto al segundo criterio para diputaciones plurinominales (paridad y alternancia por departamento tomando en cuenta solo a titulares), vuelven a ser tres las organizaciones que cumplen en todos los indicadores, CC, BDN-21F y MAS-IPSP.

Para los dos tipos de criterios que se aplican a la elección de diputaciones uninominales, solamente CC y MAS-IPSP cumplen con ambos. Una de las dos falencias que tiene BDN-21F está en el cumplimiento de paridad y alternancia a nivel nacional, tomando en cuenta solamente a titulares.

El tipo de cargo con menos problemas es el de diputaciones indígenas, ya que solamente una organización política incumple la paridad (para el criterio de titulares a nivel nacional) y es el MTS. Cabe resaltar que MNR y PAN-BOL no tienen ninguna candidatura habilitada para este tipo de cargo.

Por último, para representantes supraestatales son tres las organizaciones políticas que presentan problemas para este cargo: MNR, BDN-21F y UCS. La primera incumple en el criterio que considera a titulares solamente, mientras que la segunda y tercera, todas las candidaturas habilitadas sin diferenciar entre titulares y suplentes.

Para llegar a esta conclusión, #Protagonistas revisó un total de 34 indicadores extraídos a partir de la normativa electoral para el cumplimiento de la paridad y alternancia.

La Coordinadora de la Mujer sostuvo reuniones con vocales del TSE para alertar de esta situación y presentarles los resultados de los análisis que viene realizando desde la presentación de las primeras listas de candidaturas, el 19 de julio. Posteriormente, el ente electoral asumió dos medidas sumamente débiles para estos propósitos: exhortó a las organizaciones políticas a cumplir con la sustitución de candidaturas y –también por presión de las organizaciones de mujeres– emitió una nota ampliando en tres días el plazo para el cumplimiento de la paridad.

Finalmente, la Coordinadora de la Mujer remitió notas de solicitud de información sobre las acciones concretas que tomó para asegurar la paridad y alternancia y qué sanciones aplicará a las organizaciones políticas que la incumplieron. Hasta el momento no obtuvo respuesta.

El artículo 11, inciso a, de la Ley N° 026 de Régimen Electoral establece que “Las listas de candidatas y candidatos a senadoras y senadores, diputadas y diputados, asambleístas departamentales y regionales, concejalas y concejales municipales, y otras autoridades electivas, titulares y suplentes, respetarán la paridad y alternancia de género entre mujeres y hombres, de tal manera que exista una candidata titular mujer y, a continuación, un candidato titular hombre; un candidato suplente hombre y, a continuación, una candidata suplente mujer, de manera sucesiva”.

Asimismo, el artículo 23, numeral 6, de la Ley N° 018 del Órgano Electoral establece como una de las obligaciones del TSE “Verificar el estricto cumplimiento de los criterios de paridad y de alternancia entre mujeres y varones en todas las fases de presentación, por parte de las organizaciones políticas de alcance nacional, de las listas de candidatas y candidatos”.

La campaña #Protagonistas es una iniciativa de la Coordinadora de la Mujer e IDEA Internacional, con el apoyo de la Embajada de Suecia.



Nos interesa tu opinión

Nombre:    

Opinión:    






coordinadora

idea
CON EL APOYO DE
suecia