Coordinadora de la Mujer

SUCRE: primera ciudad de Bolivia con Carta Orgánica Municipal, construida y aprobada con la participación activa de la ciudadanía y las mujeres

Sucre, es la primera ciudad de Bolivia que cuenta con la Carta Orgánica Municipal (COM), construida y aprobada con la participación activa y propositiva de la ciudadanía, vanguardizada por las mujeres. Al principio, existía un pesimismo porque el municipio de Sucre, se encuentra dividida políticamente, pero la voluntad de unidad pudo vencer a esta situación fragmentada social y políticamente.

El tiempo autonómico, constituye un momento histórico desafiante para la participación de las mujeres; es también, un escenario propicio para la reorganización territorial del país, que permite definir los alcances de las  Autonomías, a nivel departamental, regional, municipal e indígena, en la que las mujeres marcamos y escribimos en la historia, con las características de participación y compromiso con la sociedad boliviana; las propuestas que realizamos es la expresión viva de nuestro sentir, nos constituimos en las actoras fundamentales de la construcción de la Carta Orgánica Municipal de Sucre, para que tenga espíritu inquebrantable de lucha honesta y tesonera, como un aporte desprendido y de servicio a la sociedad y a nuestro municipio.

El Concejo Municipal fue certero en el diseño de la metodología  participativa implementada desde la convocatoria, la sociedad en general, respondió favorablemente en todo el proceso de construcción de la COM, iniciándose el 9 de abril del 2012 y concluyendo el 8 de julio de 2013.

La participación orgánica, representativa de las organizaciones de mujeres en diferentes actividades bajo el nombre:“Construyamos Juntas la Carta Orgánica Municipal de Sucre Participativa y con Equidad”, fue la estrategia que ayudo a las mujeres del Municipio de Sucre en la construcción de propuestas en el marco de la inclusión del enfoque y  equidad de género y derechos de las mujeres para SER actoras en la Carta Orgánica Municipal.

 

Para la Coordinadora de la Mujer, el Centro Juana azurduy  y el Instituto Politécnico Tomas Katari, fue prioritario participar en el proceso de construcción y luchar por la incorporación de  propuestas de las organizaciones de las mujeres, elaboradas con dedicación y mucho esfuerzo.

Porque una sociedad patriarcal y un Estado patriarcal y liberal había postergado a las mujeres por centenares de años.

Asambleístas Municipales mujeres y hombres de Sucre sesionaron y aprobaron en grande y detalle la propuesta de Carta Orgánica Municipal de Sucre; para garantizar que las propuestas no  sean  modificadas, tanto de fondo y forma, se eligió democráticamente una Comisión de Control y Seguimiento, que acompaño  ,  el proceso de elaboración de las propuestas de las organizaciones de mujeres, de esta manera se realizó el seguimiento de aprobación en detalle en el pleno del Concejo Municipal de Sucre.

La Comision de Control y Seguimiento, el Comité Impulsor y las instituciones afiliadas a la Coordinadora de la Mujer, interpusieron argumentos técnicos y jurídicos en contra de la exclusión de las propuestas con enfoque de género en las sesiones de aprobación en detalle ya que cada sesión en el Concejo Municipal  se convirtió en peligro para cambiar y modificar las propuestas realizadas por las mujeres; esta situación obligó a asistir en forma comprometida a cada una de las sesiones que se realizaron los días lunes y miércoles de cada semana y en las últimas semanas de lunes a viernes. Las organizaciones de mujeres e instituciones que trabajan con la temática de género y derechos fueron protagonistas fundamentales de este proceso, durante 14 meses de trabajo intenso y cotidiano, pese a las contradicciones en algunos artículos fuimos capaces de llegar a consensos.

Como en toda sociedad patriarcal existió resistencia a varias propuestas de las mujeres, pese a esta adversidad, ha concluido el proceso con aprobación de la Carta Orgánica, con debates divergentes y polémicos con fuerte discrepancias en el tema de género, la equidad de género, paridad y alternancia, equivalencia, presupuestos sensibles a género descolonización, despatriarcalizacion, pero con la fundamentación jurídica y política se pudo lograr la incorporación de los contenidos irrenunciables.

Desde el 12 de junio al 8 de julio se debatió 3 artículos controversiales referidos a:

Derecho a la vida, (artículo 17); Composición de Concejales/as, (Artículo 40) y Políticas públicas para minorías, (Artículo 201); después de muchas presiones, contrapresiones finalmente el concejo toma la decisión y responsabilidad política en el siguiente sentido, sobre el Derecho a la vida eliminan el artículo; el artículo 40 quedo redactado de la siguiente manera;

COMPOSICION

        I.            El Concejo Municipal está compuesto por Concejalas, Concejales titulares, suplentes y Representantes de Distritos Indígena Originario Campesinos.

      II.            Los Concejales y concejalas serán elegidos democráticamente de lista plurinominalen un 50% y listas uninominalesen otro 50%, tomando en cuenta el sistema de proporcionalidad y a cada Distrito Electoral Municipal, establecidos por Ley Electoral y la Ley Electoral Municipal.

    III.            Al ser el número de concejalas y concejales impar, la asignación del escaño impar se sumara a la lista plurinominal

    IV.            Los Distritos Municipales Indígena Originario Campesinos tendrán derecho a elegir de forma directa por normas y procedimientos propios, a sus Representantes ante el Concejo Municipal, según corresponda, los cuales serán sumados al número de Concejalas o Concejales.

      V.            El Concejo Municipal de Sucre estará integrado por hasta 17 Concejalas, Concejales y Representantes de Distritos Indígena Originario Campesinos.

    VI.            Las listas de postulaciones para la composición del Concejo Municipal deberán respetar la paridad,  alternancia y equivalencia de género en titulares y suplentes.

  VII.            Una Ley Municipal Autonómica de Régimen Electoral,aprobada por dos tercios determinará los criterios para la elección y número de Concejales en concordancia con la Constitución Política del Estado y demás normativa nacional.

Respecto al artículo 201;  POLÍTICAS MUNICIPALES.

El Gobierno Autónomo Municipal de Sucre debe promover el trato digno y de no discriminación a las minorías.

La Carta Orgánica Municipal de sucre fue entregada al Tribunal Constitucional el 12 de julio del presente año, conmemorando la fecha de nacimiento Generala Juana Azurduy de Padilla.


Fuente:
 Nota de prensa Instituto Politécnico Tomás Katari/Coordinadora de la Mujer, julio/2013.

 

Descarga documentos relacionados:

Síntesis de propuestas de las mujeres a la Carta orgánica Municipal - con lista de organizaciones e instituciones participantes en proceso

Balance de propuestas y garantías para las mujeres incorporadas en Carta Orgánica


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