La participación como derecho
La concepción de la democracia (del griego: demos = pueblo, kratos = gobierno) tiene como fundamento la participación popular en los asuntos públicos y en el ejercicio del poder político: es ésta la base de legitimidad y representatividad del gobierno, sus instituciones y funcionarias y funcionarios.
¿Y qué significa participar?
La participación política, como derecho, implica la posibilidad como ciudadanas y ciudadanos de influir, individual o colectivamente, en el ámbito público/colectivo, en procesos y resultados políticos, como sujetas(os) históricas(os).
Asimismo, la participación tiene diferentes facetas, y entre otros aspectos se asocia a los derechos a:
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• Decidir sobre el sistema de gobierno; • Elegir libremente a representantes, lideresas y líderes políticos; • Ser elegible en igualdad de condiciones para cargos representativos de índole política y ejercer funciones públicas; • Participar en la definición y elaboración de normas y políticas públicas e incidir en el quehacer público; • Peticionar y manifestarse: expresar públicamente opiniones, demandas y/o organizar acciones a favor o en contra de medidas públicas e instituciones; • Realizar acciones de control social (accountability) – vigilancia, seguimiento y exigibilidad respecto a las funciones públicas encomendadas a sus representantes y la utilización adecuada y transparente de los recursos públicos; • Agruparse en torno a ideas e intereses políticos: integrar asociaciones/organizaciones políticas (partidos, sindicatos, agrupaciones, etc.).
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A través de la participación política podemos tomar parte en las decisiones respecto a la vida pública para construir una sociedad más igualitaria, donde todas y todos tengamos igual posibilidad de ejercer nuestros derechos básicos como seres humanos - entre ellos, el derecho a una vida digna y plena.
¿Quiénes pueden participar?
Todas y todos.
El derecho a la participación política, además de estar consagrado en la CPE está calificado como un derecho fundamental de cada ser humano en diferentes instrumentos internacionales de protección, entre ellos: la Convención Americana de Derechos Humanos —artículos 23 y 29 c —, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos —artículo 25— y la Declaración Universal de los Derechos Humanos – artículo 21 (para profundizar acerca de normas que protegen este derecho cliquee acá).
A pesar de este reconocimiento como derecho universal, en la práctica se observan barreras para la plena participación de diferentes grupos. Acá queremos poner en evidencia los obstáculos que afectan a la participación de mitad de la población por razones de género: las mujeres. Los valores y las prácticas discriminatorias generadas y reproducidas en contextos patriarcales afectan sus posibilidades de actuación en el ámbito público, su reconocimiento como actoras políticas y lideresas y la apertura de espacios para sus ideas y proyectos.
→ Uno de los síntomas más graves reside en la sistemática exclusión de las mujeres de las esferas formales de poder: se les impide participar en condiciones de igualdad en procesos de toma de decisiones y se las aleja así de la dirigencia de los procesos.
Este es un problema grave, histórico y a la vez contemporáneo, que hay que reconocer y conocer para poder afrontar. Sólo así podremos construir y vivir en una verdadera democracia y promover la igualdad y justicia social como valores básicos colectivos.
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Para que sean legítimos, los procesos de toma de decisiones deben responder a los intereses y necesidades de las ciudadanas y los ciudadanos que representan, en su multiplicidad.
Esto significa que todas y todos deben de tener igual posibilidad de influir en el curso de los procesos y resultados políticos. Al final, ¿cómo se puede lograr el bien común si no existe igualdad de condiciones para participar en la definición de éste?
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Reflexiones adicionales sobre la participación con equidad